CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE ALQUILER DEL 03/09/2015
Con este contrato, GIFFI NOLEGGI SRL se compromete a arrendar sus máquinas industriales a la Empresa indicada en el epígrafe “arrendatario”, la cual se compromete a alquilar dichas máquinas en las condiciones que se indican a continuación y al precio referido en la lista de precios relativos vigente en el tiempo de alquileres individuales y por la duración que se solicitará de vez en cuando, compatible con la disponibilidad existente en GIFFI NOLEGGI SRL.
1) En las condiciones establecidas en el momento de la firma del contrato, cada alquiler individual, sujeto a acuerdos verbales, deberá ser comisionado por escrito, también por fax, con indicación expresa del tipo de máquina requerida, la duración, así como la naturaleza (fría o caliente) del alquiler.
2) El alquiler se puede acordar en frío (es decir, excluyendo al operador, combustible, lubricante y consumibles) o caliente (es decir, incluyendo al operador, combustible, lubricante y consumibles).
3) Cuando por la naturaleza de la obra no sea posible predeterminar la duración exacta del alquiler en el momento del encargo, el arrendatario se compromete a comunicarlo al arrendador, indicando, no obstante, la duración con las palabras “finalización prevista”. En tales casos, la duración del alquiler se considerará al menos hasta la fecha de “finalización prevista” indicada por el arrendatario, salvo la posibilidad de prórroga por el tiempo que el inquilino está obligado a comunicar exactamente al propietario con un aviso también vía Fax al menos un día antes de la “finalización prevista” originalmente indicada.
4) El período de alquiler, tanto frío como caliente, se calcula desde el momento de la entrega hasta el momento de la devolución. Se entiende que la entrega de la máquina se realiza en el local del arrendador y compañeros. La devolución se realiza en el momento de la vuelta al local del arrendador. Cualquier transporte de la máquina por GIFFI NOLEGGI SRL debe ser acordado expresamente entre las partes. En caso de transporte por GIFFI NOLEGGI SRL, las autorizaciones, permisos y soluciones técnicas que puedan ser necesarias para llegar al lugar de entrega quedan a cargo del arrendatario. El costo de transporte está pensado como una ruta mínima, con operaciones de carga y descarga inmediata a la llegada al sitio, cualquier cambio en la ruta por “fuerza mayor” y/o paradas por falta de entrega inmediata a la llegada al sitio. La entrega será cuantificada y cargada al arrendatario. Con la retirada de la máquina, el arrendatario comprueba su eficacia, así como su conformidad con los usos para los que está destinada y su perfecta funcionalidad: todo defecto y reserva debe ser estrictamente informado en el momento de la entrega de la máquina. Desde el momento de la entrega hasta el momento de la devolución, el arrendatario asume toda la responsabilidad relacionada tanto con el uso como con el transporte de la máquina, actuando también como tutor de la misma.
5) La comisión de cada alquiler individual, incluso vía fax, la retirada de la máquina, la firma del correspondiente albarán de entrega será realizada físicamente por los empleados o de otra forma nombrada de vez en cuando por el arrendatario y en nombre del mismo.
6) El arrendatario se compromete a utilizar la máquina con especial diligencia, cuidando de evitar cualquier uso o maniobra que, por condiciones de tiempo y lugar, pueda resultar riesgoso y ocasionar daños a la propia máquina, personas o cosas así como a la Mano de Obra. Inspección y de cualquier otra autoridad. El arrendatario es en todo caso responsable de los daños directos e indirectos causadosa terceros y a la propia máquina cuando el alquiler sea acordado por el operador de la máquina de acuerdo con las directivas e indicaciones proporcionadas por el arrendatario y / o sus auxiliares. En alquiler en frío, el operador designado por el arrendatario debe estar técnicamente preparado para el uso del mismo y dotado de los certificados habituales de idoneidad y habilitación para el uso y conducción del vehículo exigidos por la ley (carnet de conducir, etc.). El arrendatario, sólidamente al operador, consciente de las sanciones penales a que se refiere el artículo 76 del Decreto Presidencial 28.12.2000 n. 445, en caso de declaraciones falsas y la formación o uso de documentos falsos, asume la responsabilidad por cualquier daño causado al vehículo o a terceros en caso de que no existan los requisitos, certificaciones y calificaciones antes mencionados. La infracción de esta cláusula conlleva la resolución automática de este contrato y del alquiler individual con la pérdida total de la fianza a imputar al reembolso del daño y sin perjuicio, en todo caso, del derecho del arrendador a cualquier daño mayor.
7) El mantenimiento ordinario de la máquina depende del arrendatario. Quedan estrictamente prohibidos los desmontajes, modificaciones y reparaciones no autorizadas por el arrendador. En caso de averías o mal funcionamiento, el arrendatario debe suspender inmediatamente todas las actividades dándoles
comunicación al arrendador. Cualquier intervención y reparación solo podrá ser realizada por personal y empresas indicadas por el arrendador, y solo en los centros autorizados por GIFFI NOLEGGI SRL indicados por el arrendador, con transporte por parte del arrendatario. Cualquier solicitud adicional para: asistencia fuera del sitio; El transporte de equipos o reposición de vehículos se cuantificará y se cobrará al arrendatario. La infracción de esta cláusula conlleva la resolución automática de este contrato y del alquiler individual así como la pérdida total de la fianza que se imputará al reembolso del daño y sin perjuicio, en todo caso, del derecho del arrendador a cualquier daño mayor.
8) El arrendador no se hace responsable de los daños o averías ocasionados por un uso de la máquina que no cumpla con las indicaciones del asunto o en todo caso sea incorrecto u oportuno según la diligencia del buen padre de familia.
9) La falta de disponibilidad y la parada de la máquina por cualquier motivo y duración no dan derecho al arrendatario a ninguna indemnización por daños. El arrendador está obligado exclusivamente a sustituir la máquina, compatibilizándola en su lugar en el arrendador, o en todo caso a que las reparaciones se realicen en el menor tiempo posible, todo ello en los centros GIFFI ROLEGGI indicados por el arrendador, con transporte por parte del arrendador. arrendatario. Cada servicio externo debe considerarse adicional, y será cuantificado y cargado al arrendatario.
10) También son responsabilidad del arrendatario:
a) Operaciones de mantenimiento diario (como, por ejemplo, rellenado y sustitución de aceites, agua del sistema de refrigeración, limpieza y engrase de la máquina, limpieza periódica y sustitución de filtros, comprobación de la densidad del electrolito y rellenado de agua destilada de la batería, etc.) y los materiales relacionados que deben ser de los tipos prescritos por los fabricantes (consulte al arrendador);
b) Mantenimiento o reemplazo de llantas en caso de rotura o cortes;
c) La reparación de averías o desgaste por negligencia, uso indebido o sobrecarga de la maquinaria, no habiendo parado la maquinaria inmediatamente después de la ocurrencia de los defectos;
d) Los trabajos o reparaciones necesarias para eliminar el desgaste superior a la norma;
e) Sanciones, multas o multas. El mismo será cedido al arrendatario con cargo y factura de 48,70€ + IVA por prácticas de gestión.
f) Si durante el transcurso de la relación de alquiler, el vehículo alquilado es dañado por el cliente y queda temporalmente inutilizable, durante todo el período del impedimento temporal y durante todo el período razonable para la reparación, el pago de la tarifa de alquiler es igualmente debido al arrendador.
g) GIFFI NOLEGGI SRL se reserva el derecho de solicitar 1) - una suma global a modo de reembolso de cualquier aumento en la póliza de seguro del vehículo alquilado en caso de que se vea involucrado en un accidente; 2) - El reembolso total de sobregiros y deducibles del seguro (RCA/RCT/ALL-RISK/THEFT-FIRE), cuando estén presentes, en caso de una reclamación de seguro.;
11) Los pagos de alquiler acordados deben realizarse en la sede de GIFFI NOLEGGI SRL en la fecha pactada en el contrato. Cualquier otra forma de pago deberá acordarse expresamente por escrito.
12) En caso de morosidad, se abonarán al arrendador los intereses de demora en la máxima medida permitida por la legislación vigente en el momento de la firma del presente contrato.
13) GIFFI NOLEGGI SRL tiene el derecho de subordinar la aceptación de la comisión de alquiler al pago del depósito de seguridad para garantizar el pago exacto de la tarifa de alquiler y otras obligaciones.
14) Para cualquier controversia, se reconoce la jurisdicción del Juzgado de Avezzano, cualquiera que sea la forma y lugar pactado para el pago y la devolución del vehículo.
15) El arrendatario declara que los vehículos contratados serán conducidos por personal debidamente capacitado de conformidad con el art. 73 del Decreto Legislativo 81/08.
16) Giffi Noleggi se reserva el derecho de validar el contrato de alquiler y de retirarlo en cualquier momento sin previo aviso.
Aprueban expresamente de conformidad con el art. 1341 y siguientes C.C. las cláusulas de rescisión expresa núm. 6 y 7, los limitantes de responsabilidades n. 4/6/8/9/10, los de los intereses convencionales n. 12 y la derogación del Tribunal n. 14. La cláusula n. 15 se aprueba expresamente de conformidad con el artículo 73 del Decreto Legislativo 81/08. Cláusulas no. 1/2/3/5/11/13.
Toma Ver la documentación suministrada con el vehículo: folletos y certificados legales, copia del manual de usuario y mantenimiento.
Tarifas relacionadas con kilometraje limitado a 100Km/día. Tarifa por exceso de Km: 0,20€ + IVA / Km para vehículos hasta 35 ql, 0,50€ + IVA / Km para vehículos superiores a 35 ql. Tarifas relativas a un solo turno de trabajo (máximo 8 horas al día hasta un máximo de 180 horas al mes). Las tarifas especificadas para la duración del alquiler son válidas para alquiler continuo sin interrupciones ni interrupciones, en el caso de diferentes entregas/recogidas referidas a un mismo contrato, las tarifas reinician automáticamente desde el alquiler de “1 o 2 días”. EL ARRENDATARIO, tanto en flete “caliente” como “frío”, sube GIFFI NOLEGGI SRL. de cualquier responsabilidad por cualquier insuficiencia del vehículo, el cual es elegido por el mismo ARRENDATARIO para las operaciones necesarias. El ARRENDATARIO autoriza expresamente a GIFFI NOLEGGI SRL a verificar en cualquier momento, incluso a través de sistemas satelitales, la posición, telemetría y estado de los vehículos de alquiler. Los días sábado, domingo y festivos se considerarán laborables en el caso de encendido del panel del vehículo. EL ARRENDATARIO se compromete a comunicar a la empresa GIFFI NOLEGGI SRL únicamente por fax, la finalización del uso del equipo al menos dos días antes del plazo mismo. El ARRENDATARIO se compromete a utilizar el objeto arrendado exclusivamente en un entorno no polvoriento, ni abrasivo, ni corrosivo.
El equipo se devolverá en el estado en que se entregó, sin abolladuras, daños en la pintura, cortes de neumáticos, etc. Para la restauración del equipo, se emitirá una factura periódica con un borrador a la vista. El mantenimiento ordinario correrá a cargo del ARRENDATARIO, cualquier daño por inexperiencia o mal uso del vehículo será a cargo del cliente una vez verificado el daño. EL ARRENDADOR DEL/LOS VEHÍCULO/S OBJETO DEL CONTRATO, ALQUILADO/S EN FRÍO, DECLARA QUE EL MISMO SERÁ CONDUCIDO POR PERSONAL ADECUADAMENTE CAPACITADO DE ACUERDO CON EL art.73 D.L.Sg. 81/08, y que han estado familiarizados con el uso del mismo vehículo y han sido informados y formados sobre el uso de la máquina, las reglas específicas de seguridad de la máquina, los comandos para su uso, las características del vehículo. En caso de morosidad más allá de la fecha de vencimiento de la factura, se aplicarán los intereses de demora calculados diariamente a una tasa igual a la tasa de referencia fijada por el BCE incrementada en ocho puntos porcentuales (ART.4 Decreto Legislativo 9/11/2012, n. 192). El ARRENDATARIO se compromete a notificar inmediatamente a GIFFI NOLEGGI SRL cualquier avería o mal funcionamiento del equipo. No se aceptarán paradas de máquina. Cualquier intervención y reparación podrá ser realizada únicamente por personal y empresas indicadas por el arrendador, y únicamente en los centros autorizados por GIFFI NOLEGGI SRL indicados por el arrendador, con transporte por parte del ARRENDATARIO. Cualquier intervención adicional de: asistencia fuera del sitio; transporte de equipos o reposición de vehículos; otros diversos y eventuales serán cuantificados y con cargo al ARRENDATARIO.
Declaramos expresamente la aprobación de las cláusulas 1-2-3-4-5-6-7-8-9-10-11-12-13-14-15, de sus condiciones generales de arrendamiento que forman parte integrante del contrato.